La atribución al servicio fijo en las bandas 47,2-47,5 GHz y 47,9-48,2 GHz está
destinada para las estaciones en plataformas a gran altitud. Las bandas 47,2 47,
5 GHz y 47,9 48,2 GHz se utilizarán con arreglo a lo dispuesto en la Resolución 122 (Rev.CMR 07). (CMR-07)